lunes, 11 de marzo de 2013

POR LEY, TRAS TRES MESES DEBEN PAGAR PENSIÓN LO GLOBALIFÓBICOS DE LA "IG"


Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Señor Director General del ISSSTE,
Sr. Encargado de la Delegación del Estado de Morelos,
Sra. Lucy Quiñones,Sr. ANTONIO González, Sta. Grecia Mandujano, Sta Veronica Miranda,
Señores administradores de fondos para el retiro
ISSSTE MA GUADALUPE SILIS GARCÍA ASESORA VOCAL PENSIOONISSSTE,ISSSTE maría camacho fondo vivienda, ISSSTE VÍCTOR HUGO RANGEL ASUNTOS JURÍDCOS, ISSSTE UNIDAD JUD, ISSSTE ULISES ROMERO ASESOR SECRETARIO GENERAL, ISSSTE TOPILTZIN ORTEGA COORD ADMVO SECRETARÍA GENERAL, ISSSTE SUBDIRECTOR(A) DE PENSIONES, ISSSTE SUB DE AFILIACION Y VIGENCIA, ISSSTE SONIA ALICIA ROBLES ASESORA DIRECCIÓN GENERAL, issste SERGIO TENA ASESOR SUBDIRECTOR GENERAL, ISSSTE ROBERTO AZBELL COORD ADMVO DIRECTOR DELEGACIONES, issste pensiones, issste OLIVIA LEAL COORD SERVICIOS DERECHOHABIENTES CLINICA, ISSSTE MORELOS, issste jurídico MORELOS, issste assad.

Invoco el REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL
RÉGIMEN DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY
DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Acorde a tal disposición, tengo derecho  la pensión por jubilación desde el día primero de enero del presente año.
Presenté mi solicitud, acompañada por la hoja única de servicios acompañada de otra hoja desmenuzada año por año desde 1980 hasta 2012, por parte de la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, además de RFC, CURP. ÚLTIMO TALÓN DE PAGO, credencial del IFE, constancia del INSITUTUTO FEDERAL ELECTORAL dando explicación de la omisión de una letra final a mi nombre de pila,  ACTA DE NACIMIENTO, actualizada, comprobante de domicilio. Además de esta docena de documentos, habría que señalar que para satisfacer requisitos tanto en PENSIONISSSTE, FOVISSSTE y oficinas diversas del ISSSTE TANTO EN LA CIUDAD DE México como en la ciudad de Cuernavaca, acudimos varias veces a las oficinas de Recursos Humanos para homologar las homoclaves del curp. Ife, hoja única de servicios y talón de pagos.

No obstante, a pesar de que estas gestiones se iniciaron en la segunda semana de enero del presente no tenemos ni un solo documento firmado, sellado y admitido de recibido, a pesar de que nos acompañaron en las diligencias trabajadores del ISSSTE en la Delegación Morelos—tal como el Lic. Guadalupe Díaz de Comunicación Social y otros—y sólo existe una hoja de Afiliación y Vigencia de Aceptación de Datos, con fecha del 28 de enero del 2013, que se epidió a la once horas. Mo. De documento 29 13 ADDT 1786965, con vigencia hasta el 18 de febrero pasado.
En tal virtud, se me ha negado el cien por ciento
del promedio del sueldo básico disfrutado en el año inmediato anterior a la fecha de la baja de trabajador. <2011>. Y por ende el disfrute de la pensión que debió comenzar a partir del día siguiente a aquél en que el trabajador hubiese disfrutado el último sueldo antes de causar baja, lo cual ocurrió en las postrimerías del mes de octubre del año pasado.

Es por ello que, apegado al Reglamento citado, Capítulo V
Procedimiento para el pago de pensiones,
Artículo 52.- La Secretaría tendrá a su cargo las pensiones que se otorguen a los trabajadores, así como
el costo de su administración, para lo cual establecerá los mecanismos correspondientes para su pago, a través del Instituto.

Artículo 53.- El trabajador .. (que) tenga derecho a una
pensión en términos de lo previsto en el Reglamento, deberá presentar su solicitud al Instituto, en los
términos y adjuntando los documentos que éste le indique.
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 50 de la Ley, el Instituto no podrá requerir al trabajador o a sus
familiares derechohabientes, según sea el caso, documentos o información que ya se encuentren en la base de datos a que se refiere el artículo 13.

Artículo 54.- El mismo día en que reciba la solicitud, el Instituto verificará la correcta identificación del trabajador, para lo cual será suficiente el medio a que hace referencia el artículo 9 de la Ley, y validará dicha solicitud con base en sus registros electrónicos.
Artículo 55.- El Instituto estará obligado a resolver en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a
partir de la fecha en que reciba la solicitud.

Si el Instituto no resuelve en el plazo señalado en el párrafo anterior, pagará el cien por ciento de la
pensión que requirió el trabajador o sus familiares derechohabientes, sin perjuicio de continuar el trámite para el otorgamiento de la pensión que corresponda.
Como es verdad absoluta a buena fe guardada que la narración de los hechos distan muchísimo de que esta Institución haya cumplido con su propio ordenamiento, estoy solicitando que de inmediato se me pague el cien por ciento de la pensión que requerí desde hace meses, sin perjuicio de que se continúe el trámite para expedirme la credencial de pensionado.

Atenta y respetuosamente,
Manuel Augusto Walter Livinsgtone Denegre Vaught Alcocer.



















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